Marco jurídico

¿Qué aspectos de la regulación financiera afectan especialmente a los clientes bancarios?

Del conjunto de normas aplicable a las entidades de crédito, afectan de manera especial a la clientela los siguientes aspectos:

  • Información previa a realizar un contrato.
  • Regulación del contenido básico de los contratos.
  • Supuestos en que ha de entregarse un ejemplar del contrato al cliente.
  • Mecanismos de protección a la clientela y solución de incidencias en caso de discrepancias con la actuación de la entidad de crédito.

 

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¿Cuál es la finalidad de las normas de transparencia y protección de la clientela?

Para facilitar el conocimiento del funcionamiento del sistema financiero por parte de los clientes se dictan normas, llamadas de transparencia y protección de la clientela, cuya finalidad es proteger los legítimos intereses de los clientes y establecer un conjunto de obligaciones específicas aplicables a las relaciones contractuales que estos asumen frente las entidades, exigiendo la comunicación de las condiciones básicas de las operaciones y regulando determinados aspectos de su publicidad, normas de actuación e información. 

 

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¿Cuál es el contenido básico de los contratos bancarios?

En términos generales, en las operaciones de crédito y de ahorro se exige que consten, de forma explícita y clara, una serie de extremos, que se consideran de mayor interés para el cliente y que son, entre otros:

  • Intereses. Se exige que figure en el contrato el tipo de interés nominal y, si éste es variable, que se exprese de forma inequívoca cómo se producirá la variación.
  • La tasa anual equivalente (TAE).
  • La periodicidad del vencimiento de intereses
  • Las comisiones aplicables, con indicación del concepto, cuantía y fecha de devengo y liquidación.
  • Los gastos a cargo del cliente.
  • La duración de la operación, y en su caso, las condiciones para su prórroga.
  • Las normas relativas a las fechas valor aplicables.
  • Posibilidades de cancelación anticipada de la operación y el coste total que el uso de tales facultades supondría.

 

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¿Qué derecho de información tiene el cliente?

El cliente tiene derecho a ser informado del producto que va a contratar, de la naturaleza del mismo y de los derechos y deberes que asume con su contratación. Y del mismo modo, las entidades tienen la obligación de proporcionar al cliente explicaciones adecuadas y suficientes que le permitan comprender los términos esenciales de todo servicio bancario ofertado, y tomar decisiones financieras informadas.

 

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¿Qué documentación contractual tiene derecho a recibir el cliente?

Una vez formalizado el contrato, el cliente tiene derecho a recibir una copia del mismo, así como de las distintas liquidaciones y movimientos que puedan producirse en el desenvolvimiento de la relación contractual.

 

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¿Existen obligaciones para los clientes?

  • Identificarse al iniciar la relación y siempre que la entidad de crédito lo requiera para la realización de operaciones.
  • Actuar de buena fe.    
  • Pagar aquello a lo que está obligado y cumplir las obligaciones asumidas en los contratos.
  • Otras obligaciones específicas estipuladas en los contratos, tales como informar a la entidad de crédito sobre el cambio de estado civil o la situación patrimonial.                    

 

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