¿Cómo tributan los seguros?
Un seguro es un instrumento financiero por el que la compañía aseguradora, a cambio de una prima (dinero) única o periódica, se obliga a satisfacer al suscriptor de la póliza (tomador del seguro), o a la persona que él designe, un capital o una renta cuando se produzca un determinado evento (supervivencia, invalidez, muerte, etc.).
En este sentido, tanto la prima o aportación del asegurado como la prestación a satisfacer por la aseguradora pueden tomar diversas modalidades de capital único o de renta.
Fiscalidad de las aportaciones:
Las primas satisfechas por razón de contratos de seguros de vida no son objeto de deducción o ventaja fiscal alguna en el IRPF.
Fiscalidad de las prestaciones:
Los rendimientos procedentes de seguros de vida (salvo que estén sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) tendrán la consideración de rendimientos del capital mobiliario, enmarcándose dentro de las rentas del ahorro, por lo que están sujetos en el IRPF a los tipos recogidos en la siguiente tabla:
TRIBUTACIÓN DE RENTAS | TARIFA |
Rendimiento del capital mobiliario |
0- 6.000,00€ :19% 6.001,01€ – 50.000,00€ : 21% 50.000,01€ en adelante: 23% |
Ganancias Patrimoniales |
0 – 6.000,00€: 19% 6.000,01€ – 50.000,00€ : 21% 50.000,01€ en adelante: 23% |
Rendimientos del trabajo | Según tarifa general |