¿Qué comisiones y gastos se aplican a los fondos de inversión?

La Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) permite que a los fondos de inversión se le carguen distintos tipos de comisiones:

Comisión de gestión: es la remuneración de la sociedad gestora y puede calcularse sobre el patrimonio del fondo o sobre los beneficios del mismo, o sobre ambos.

Comisión de depositaría: se trata de la remuneración de la entidad depositaria. No podrá superar el 0,2% anual del patrimonio del fondo.

Comisión de intermediación: se podrá establecer por la prestación de servicios de análisis financiero sobre inversiones. Para poder establecerse deberá estar recogida en el folleto informativo del fondo.

Tanto la comisión de gestión como la de depositaría, al cobrarse directamente al fondo, ya van descontadas del valor liquidativo (precio que vale cada participación).

Comisiones de suscripción y reembolso: son comisiones que se le cargan a los partícipes, no al fondo, en el momento de la suscripción o del reembolso de las participaciones. Ni la comisión de suscripción, ni la de reembolso, podrán superar el 5% del valor liquidativo de las participaciones del fondo.

Comisión de conversión: se aplica en caso de cambio entre clases de participaciones o de acciones.

 

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